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Ahora, edad máxima para prestar servicio militar será de 24 años

El presidente Juan Manuel Santos sancionó hoy la Ley de Reclutamiento, que contiene múltiples beneficios, prerrogativas e incentivos para los jóvenes y que, además, actualiza una normativa elaborada hace 24 años.

Por otra parte, el mandatario también sancionó la Ley 1862, con la cual se establecen las normas de conducta del militar colombiano y se expide el Código Militar.

Principales puntos que contempla la nueva norma



Incentivos académicos

Al referirse a las bondades de la ley, el jefe del Estado indicó que los jóvenes que presten el servicio militar durante año y medio tendrán garantizado un cupo en el Sena.

Durante la prestación del servicio militar el conscripto que no haya terminado sus estudios de educación básica secundaria podría culminarlos mientras cumple con la prestación, y aquellos que ya tengan título de bachiller accederán a un componente de formación laboral productiva proporcionado por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

Ajustes y modificación

La nueva ley tiene ajustes y simplificaciones a varios componentes el sistema de reclutamiento, como:

·         La eliminación de las modalidades de soldado regular, soldado bachiller y soldado campesino por la de reservista.

·         La duración máxima del servicio militar será de 18 meses, en lugar de 24 meses.

·         La reducción máxima en la edad para prestar servicio militar de 28 años a 24 años.

Reducción de costos

Se actualiza la fórmula que define cuánto se paga por concepto de la cuota de compensación militar, es decir, lo que pagan quienes quedan exentos de prestar servicio.

En este punto el mandatario puso de presente que lo menos que debía pagarse era el 60 % de un salario mínimo y con la ley dicho porcentaje disminuye el 20 %. “El mínimo a pagar como cuota de compensación pasa de unos $ 430 mil a menos de $ 150 mil”, agregó.

Se pone techo a la cuota de compensación militar, hasta la fecha no existía, y ahora el límite es de 40 salarios mínimos.

Remisos

Establece un régimen de transición, por un año, para que los colombianos en condición de remisos se beneficien con la condonación total de las multas y solo cancelarán el 15 % de un SMLMV por concepto de trámite administrativo de la tarjeta.

Santos agregó que esta premisa va dirigida a los remisos que cumplen con alguna de las condiciones eximentes de la prestación del servicio militar, como ser padres de familia o mayores de 24 años, por ejemplo. Aseveró que la amnistía consiste en que no tendrá que pagar las multas generadas por su condición de remisos, que son de dos salarios mínimos por cada año.

Congreso de la República, Ley 1861, Ago. 04/17

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